DE UNA PARTE: La Sucursal de Servicios de Transporte Especializado REX perteneciente a la Empresa de Transporte Turístico TRANSTUR S.A, representada en este caso por el técnico para la renta cuyas generales se consignan al dorso, que en lo adelante y a los fines del presente Contrato se denominará REX.
DE OTRA PARTE: El ciudadano cubano/extranjero cuyas generales se consignan al dorso, que en lo adelante y a fines del presente Contrato se denominará El Cliente.
Las partes de común acuerdo convienen suscribir el presente contrato amparado en las siguientes cláusulas:
I. Disposiciones Generales
1.1 El tiempo de renta es calculado en días y horas. El precio diario aplica a períodos de 24 horas consecutivas contadas a partir de la entrega del auto. Los contratos de renta a corto plazo tendrán una validez de 60 días, mientras que los de Renta Lineal serán válidos por 30. Las extensiones solo se realizarán en las Oficinas de REX.
1.2 El cliente debe devolver el auto en las mismas condiciones que lo recibió, a la hora y lugar acordados. De lo contrario, REX demandará compensación por los daños o pérdidas que resulten de ello.
1.3 REX ha tomado todas las precauciones para evitar fallas en los vehículos por lo que no será responsable por los imprevistos ni por las consecuencias que se deriven de los mismos.
1.4 REX no se responsabiliza por objetos olvidados o abandonados en el vehículo por el cliente u otros pasajeros.
1.5 El cliente no podrá hacer cambios de forma o estructura en el exterior ni en el interior del vehículo. Los mantenimientos y las reparaciones podrán ser realizadas solamente por REX.
1.6 REX es el propietario del vehículo, por tanto El Cliente debe devolverlo si así REX lo solicitara. En este caso, REX reembolsará el monto de los días de renta no usados y el depósito de garantía, excepto cuando El Cliente incurra en violaciones del Contrato.
II. Condiciones de Pago
2.1 El Cliente abonará el 100% del importe de la renta de manera anticipada. Cualquier conversión de moneda será determinada por REX.
2.2 El Cliente abonará en calidad de Depósito de Garantía el importe estipulado en el tarifario Público de REX para cada categoría de vehículos.
2.3 Si el pago se efectúa mediante Tarjeta de Crédito, la firma del Cliente en el Original del Contrato y en el comprobante de la tarjeta de crédito, constituirá autorizo para que REX pueda debitar el total resultante de la renta de su cuenta, según la tasa de cambio vigente.
III. Cobertura contra daños y perjuicios (CDP)
3.1 Es obligatorio aceptar la Cobertura contra Daños y Perjuicios Súper CDP, la cual exime totalmente al Cliente de la responsabilidad económica, siempre que esté presente el reporte del SEPSA o la PNR.
3.2 El Cliente perderá el derecho al Relevo de Responsabilidad y pagará por todos los daños cuando incurra en alguna de las siguientes prohibiciones:
a) Transportar personas y/o cosas de forma lucrativa.
b) Remolcar o empujar a otro vehículo.
c) Participar en carreras, pruebas de resistencia, de velocidad, etc.
d) Permitir que el auto sea conducido por personas no autorizadas en el Contrato.
e) Transportar materiales inflamables o explosivos.
f) Utilizar el vehículo con fines ilícitos.
g) Conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas, drogas, medicamentos, etc.
h) Ser negligente en la conducción o custodia del vehículo.
i) Prestar declaraciones falsas a los peritos del SEPSA en relación al siniestro ocurrido.
3.3 El cliente deberá reportar de inmediato a la policía si hay un accidente que involucre a terceros o si el carro es dañado, se produce el robo del vehículo o de alguna de sus piezas.
3.4 El seguro no cubre el robo del auto ni de sus partes o piezas, por lo que se cobrarán las pérdidas por esta causa de no existir denuncia policial.
3.5 El cliente será responsable por la pérdida o cambio de cualquier parte, pieza o accesorio del vehículo y pagará según el listado de precios de REX.
IV. DE LAS PENALIZACIONES
4.1 REX cobrará al Cliente una penalización de 200.00 USD en caso de pérdida, rotura o robo de la llave. Si la llave se queda dentro del auto cerrado, el cliente deberá pagar un cargo por asistencia en la vía ascendente a 50.00 USD dentro de La Habana y de 100.00 USD en el resto de las provincias del país.
4.2 REX cobrará una penalización de 50.00 USD por los siguientes motivos:
A) Si el Cliente rompe, deteriora o extravía la copia del contrato que se le entrega al inicio de la renta.
B) Por transportar en el vehículo animales u otros.
C) Si el auto es entregado a REX por un Conductor Adicional.
D) Por la pérdida de las alfombras.
4.3 Si el Cliente entrega el vehículo sucio, entiéndase extremadamente sucio, con manchas o mal olor debido al uso inadecuado del mismo se le cobrará una penalidad de 100.00 USD.
4.4 Si el vehículo es abandonado por el Cliente o es conducido o devuelto por una persona no registrada en el inicio de la renta, se le cobrará al Cliente una penalidad de 200.00 USD, además del importe de la renta y otros conceptos por los días pendientes a utilizar.
4.5 Si el Cliente es privado del uso del vehículo rentado por la comisión de un delito o violación de disposición administrativa por Órgano Legalmente autorizado, no tendrá derecho a reclamar ningún tipo de devolución de la renta, debiendo pagar los gastos por lucro cesante por paralización del vehículo.
4.6 El cliente pagará una penalidad de 100.00 USD si cambia el color de las ventanillas y/o el parabrisas del auto, así como por el uso de pegatinas comerciales que no sean las que REX utiliza como identificador de su imagen.
4.7 Por el extravío de la matrícula del vehículo se cobrará una penalización de 120.00 USD.
4.8 En caso que el cliente decida por sí mismo, entregar el auto después de la fecha acordada y no haya pasado por una de nuestras oficinas de renta a actualizar su prórroga en el contrato, se cobrará una tarifa por auto extensión de 100.00 USD, además del valor diario de renta y seguro del auto.
4.9 En el caso del servicio de Renta Lineal, si el cliente entrega el vehículo pasado de la fecha pactada en el Contrato, se abonará por parte del Cliente la penalidad de los días extra pasados por Tarifa Pública, según temporada.
V. DISPOSICIONES ESPECIALES
5.1 El Cliente debe pagar a REX por los siguientes conceptos:
A) Por los daños causados por el uso de combustible incorrecto o sin calidad.
B) Por los cargos adicionales, incluidos la cobertura contra daños y perjuicios (Súper CDP), el Depósito en Garantía, combustible, penalizaciones, retorno vacíos entre agencias “drop off”, etc.
C) Por el importe de las multas de tránsito que hayan sido consignadas en el Contrato.
D) Por el costo de los neumáticos reventados o llantas dañadas, se si determina que fue producto de un actuar negligente.
E) Por los costos de asistencia que resulten de su responsabilidad.
5.2 En caso de accidente o robo, el Cliente debe proceder de la siguiente manera:
A) Notificarlo de inmediato a la PNR y efectuar la correspondiente denuncia cuando corresponda.
B) Notificar a REX de inmediato.
C) Tomar las medidas de seguridad necesarias para evitar afectaciones adicionales.
5.3 Cuando conduzca un chofer de REX, el Cliente no será responsable por los accidentes o daños que puedan sufrir, por lo que no será aplicable lo referente al Súper CDP.
5.4 Conductores Adicionales: Se admitirán como máximo DOS conductores adiciones por un importe de 3.00 USD diarios por cada uno. Los conductores adicionales contarán con los mismos derechos y responsabilidades sobre el auto que el Cliente, con la excepción de la recogida y entrega del vehículo, solicitar prórrogas o recibir devoluciones de efectivo.
Si el Cliente dejara el vehículo a cargo de un conductor adicional para su devolución, será responsable por el pago de cualquier daño detectado al finalizar la renta, así como de los otros cargos, multas o penalidades pactadas a la firma del Contrato, sin derecho a realizar reclamaciones o demandas a REX.
5.5 Conductores NO Autorizados: Cuando se detecte la conducción del vehículo por persona no autorizada en este Contrato, los inspectores del MINTUR o de la entidad que corresponda notificará esta situación en el Contrato. Esta Situación traerá como consecuencia que el Cliente pierda el importe de los días de renta pagados y dejados de utilizar, el depósito de garantía y finalmente se procederá a retirar de inmediato el vehículo rentado, sin perjuicio del cobro de los daños y perjuicios que se hayan producido.
5.6 Los términos y condiciones del presente Contrato, así como la interpretación y ejecución del mismo, se regirán por las leyes cubanas.
5.7 De la firma del Contrato: Es un deber del Cliente firmar el Contrato a la devolución del vehículo. No obstante, si el auto fuera abandonado, si el cliente no deseara esperar por su copia o por algún motivo no firmara el Contrato al finalizar la renta, REX aplicará los cargos correspondientes a lo pactado al inicio de la renta, por lo que no procederán reclamaciones al respecto.
5.8 En caso de accidente que provoque la baja técnica o paralización del vehículo con independencia de la culpabilidad del cliente, pérdida de la llave o robo del auto, REX se reserva el derecho de suspender del servicio y en caso de responsabilidad del mismo no procederá a la devolución del importe pendiente de utilizar.
5.9 La violación de lo pactado en este Contrato, con independencia de las acciones legales que se puedan ejercitar, puede conllevar a: la suspensión del servicio, pérdida de la cobertura del Seguro, el cobro de los daños cuando proceda o la inclusión en el Listado de No Gratos, impidiéndole rentar de nuevo en REX o en el resto de las Agencias de TRANSTUR.